
Parejas en Letonia
Last updated on: 11.05.2022
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1.1. ¿Qué ley se aplica en la propiedad de la pareja? ¿Qué criterios se emplean para determinar la ley que se aplica? ¿Qué convenciones internacionales deben respetarse con respecto a ciertos países?
El régimen económico matrimonial se rige por el derecho letón si el lugar de residencia habitual de los cónyuges se encuentra en Letonia. Si los bienes de los cónyuges están ubicados en Letonia, en ese caso, con respecto a estos bienes también ellos están sujetos al derecho letón, incluso si no tienen un lugar de residencia en Letonia [Art. 13 del Código Civil letón (CC)].1.2. ¿Tienen los cónyuges la opción de elegir la ley aplicable? En ese caso, ¿por qué principios está regida esta elección (por ejemplo, las leyes a elegir, los requisitos formales, la retroactividad)?
El derecho letón no prevé la elección de legislación.2.1. Por favor, describa los principios generales: ¿Qué bienes son parte de la propiedad común? ¿Qué bienes son parte de la separación de bienes de los cónyuges?
En el marco del régimen económico matrimonial legal, cada cónyuge conserva los bienes que le pertenecían antes del matrimonio, así como los bienes que él/ella haya adquirido durante el matrimonio.Todo lo adquirido conjuntamente durante el matrimonio por los cónyuges, o por uno de ellos, pero con los recursos de ambos cónyuges, o con la ayuda de las acciones del otro cónyuge, son bienes gananciales de ambos cónyuges; en caso de incertidumbre, se presumirá que dichos bienes pertenecen por igual a ambos cónyuges (Art. 89 del CC).
Los bienes independientes de cada cónyuge son:
- bienes poseídos por un cónyuge antes del matrimonio, o bienes poseídos por los cónyuges, por contrato, designados como bienes independientes;
- activos que sirven al uso personal de uno de los cónyuges, o son necesarios para su trabajo independiente;
- bienes que se adquirieron a título gratuito durante el matrimonio por uno de los cónyuges;
- ingresos de los bienes independientes de un cónyuge que no se asignen a las necesidades de la familia o del hogar común; y
- bienes que reemplazan los bienes mencionados en los apartados anteriores (1-4) (art. 91 del CC).
2.2. ¿Hacen referencia las asunciones legales a la atribución de propiedad?
La carga de probar que ciertos bienes son independientes recaerá en el cónyuge que afirme tal hecho. El hecho de que un bien inmueble constituya un bien independiente de uno de los cónyuges se hará constar en el Registro de la Propiedad.En caso de duda, se supone que los bienes gananciales son bienes poseídos por ambos cónyuges a partes iguales.
2.3. ¿Deberían los cónyuges establecer un inventario de activos? En tal caso, ¿cuándo y cómo?
No hay normas que requieran un inventario de los activos que haya que establecer.2.4. ¿Quién está autorizado a administrar la propiedad? ¿Quién está autorizado a disponer de la propiedad? ¿Puede un cónyuge disponer de/administrar la propiedad individualmente o es necesario el consentimiento del otro cónyuge (por ejemplo en caso de la venta del hogar conyugal)? ¿Qué efecto tiene la falta de consentimiento en la validez de una transacción legal y en la oponibilidad a un tercero?
Los cónyuges pueden administrar y utilizar libremente sus bienes independientes durante el matrimonio (art. 90, apart. 1 del CC).Los cónyuges administrarán y utilizarán conjuntamente sus bienes gananciales, pero previo acuerdo entre ellos, y podrán administrarse solo por uno de ellos. La enajenación de estos bienes por uno de los cónyuges exige el consentimiento del otro cónyuge (art. 90, apart. 2 del CC).
En interés de terceros, se supone que la enajenación de un bien mueble recibió dicho consentimiento, salvo en los casos en que el tercero sabía o debía haber sabido que no se había dado el consentimiento o cuando el bien de que disponía uno de los cónyuges pertenecía obviamente al otro cónyuge.
2.5. ¿Las transacciones llevadas a cabo por un cónyuge, pueden vincular al otro cónyuge?
Con respecto a las obligaciones relativas a la familia o las necesidades comunes del hogar en las que haya incurrido uno de los cónyuges, el otro cónyuge será responsable con sus bienes independientes solo si la contraprestación de dichas obligaciones se ha utilizado para la familia y las necesidades comunes del hogar (art. 96, apart. 2 del CC).2.6. ¿Quién se hace responsable de las deudas incurridas durante el matrimonio? ¿Qué propiedades pueden ser utilizadas por los acreedores para satisfacer sus reclamaciones?
Los bienes de uno de los cónyuges no podrán utilizarse para cubrir las obligaciones del otro cónyuge. Si como consecuencia de la deuda de un cónyuge se inician procedimientos de ejecución contra los bienes independientes del otro cónyuge, este podrá solicitar que sus bienes queden liberados de los procedimientos (art. 100 del CC). Si para el pago de las deudas de un cónyuge se utilizan los bienes gananciales, el otro cónyuge podrá solicitar la separación de bienes o la liberación de su parte de los procedimientos de ejecución.Los cónyuges son responsables de los bienes gananciales y, si eso no es suficiente, con sus bienes independientes (privativos) con respecto a las obligaciones que han suscrito conjuntamente concernientes a la familia o las necesidades comunes del hogar (art. 96, apart. 1 del CC). Con respecto a las obligaciones relativas a la familia o las necesidades comunes del hogar que hayan sido suscritas por uno de los cónyuges, dicho cónyuge será responsable de sus bienes independientes si los bienes gananciales de los cónyuges no son suficientes. Con respecto a estas obligaciones, el otro cónyuge será responsable de sus bienes independientes solo si la contraprestación de dichas obligaciones se ha utilizado para la familia y las necesidades comunes del hogar (art. 96, apart. 2 del CC).
3.1. ¿Qué provisiones pueden ser modificadas mediante un contrato y cuales no? ¿Cuáles son los regimenes económicos matrimoniales existentes?
Al celebrar un contrato matrimonial, los cónyuges pueden estipular una separación o una comunidad universal de bienes (art. 116 del CC).Si los cónyuges estipulan una comunidad universal de bienes, los bienes poseídos por los cónyuges antes del matrimonio, así como los bienes que adquieran durante el matrimonio se combinarán, en principio, con una masa indivisible conjunta. Esta comunidad universal de bienes, sin embargo, no incluirá los bienes que los cónyuges hayan estipulado como bienes independientes de cada cónyuge en el contrato matrimonial.
Los cónyuges acuerdan quién administrará la comunidad universal de bienes (esposa, esposo o ambos a la vez). Si solo uno de los cónyuges administra la comunidad universal de bienes, entonces él/ella podrá, sujeto/a a las restricciones previstas en la legislación, utilizar y disponer de ellos en su propio nombre y estará obligado/a a cubrir los gastos de la familia y del hogar común (art. 124 del CC). El consentimiento del otro cónyuge es necesario en los casos de enajenación, hipoteca o gravamen de los derechos reales de comunidad universal de bienes inmuebles (art. 128 del CC). También es necesario en el caso de la donación de la comunidad universal de bienes muebles si dicha donación es superior al importe de un regalo común, pequeño (art. 129 del CC). Cada cónyuge dispone de sus bienes propios de forma independiente (art. 125, apart. 2 del CC).
En el caso de la comunidad universal de bienes, un cónyuge es responsable de las deudas que contraiga el otro cónyuge en beneficio de la familia y el hogar común también con sus bienes independientes, pero solo si los bienes comunitarios e independientes del cónyuge que ha contraído la deuda no son suficientes (art. 130 del CC).
Si se establece la separación de bienes, cada cónyuge no solo mantiene los bienes que él/ella poseía antes del matrimonio, sino que también puede adquirir los bienes y utilizar, administrar y disponer de ellos de forma independiente del otro cónyuge durante el matrimonio (art. 117 del CC). Un cónyuge no puede utilizar, administrar ni disponer de los bienes del otro cónyuge sin el consentimiento de éste(art. 118, apart. 1 del CC). Sin embargo, los cónyuges pueden acordar que los bienes de uno de los cónyuges se administren por el otro cónyuge. En este caso, el cónyuge administrador es responsable de las pérdidas causadas por negligencia grave (art. 119 del CC).
En el marco del régimen de separación de bienes, cada cónyuge es responsable de sus propias deudas con respecto a sus bienes (art. 121 del CC).
3.2. ¿Cuáles son los requisitos formales y con quién debería contactar?
Los contratos matrimoniales se firman ante un notario en presencia de ambos cónyuges o, si uno de ellos es menor de edad, en presencia de su representante legal (art. 115 del CC).3.3. ¿Cuándo debería celebrarse el contrato y cuando debería entrar en vigor?
El contrato matrimonial podrá celebrarse tanto durante el matrimonio como antes de contraer matrimonio, en cuyo caso se registrará hasta después de la celebración del mismo (art. 114 del CC). En lo que se refiere a los cónyuges, el contrato entra en vigor en el momento de su firma. En relación con terceros, el contrato matrimonial tiene que estar registrado para ser oponible a ellos.3.4. ¿Pueden los cónyuges modificar un contrato existente? En tal caso, ¿bajo qué condiciones?
Los cónyuges pueden modificar el contrato existente en las mismas condiciones que estaban vigentes cuando se firmó el contrato.3.5. ¿Puede un contrato matrimonial tener efectos retroactivos, de acuerdo con la legislación nacional de su país, cuando los cónyuges celebran este contrato durante el matrimonio?
En Letonia, las capitulaciones matrimoniales pueden celebrarse tanto antes como durante el matrimonio. Para que las capitulaciones matrimoniales tengan efecto vinculante frente a terceros, deberán estar inscritas en el Registro de Relaciones Patrimoniales de los cónyuges y, en lo que respecta a los bienes inmuebles, también en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria. Las capitulaciones matrimoniales son vinculantes desde el momento de su celebración. No es posible, por tanto, celebrar unas capitulaciones matrimoniales durante el matrimonio con efecto retroactivo.4.1. ¿Existe uno o más registros de propiedad matrimonial en su país? ¿Dónde?
El régimen económico matrimonial establece que un contrato matrimonial tiene que inscribirse en el Registro de las Relaciones de Bienes Conyugales mantenido por el Registro de Empresas con el fin de ser oponible a terceros. Además de eso, deberá inscribirse también otra información requerida por la legislación (véase el apartado 4.2.) y los contratos, sentencias judiciales, decisiones y comunicaciones que se refieran a las relaciones patrimoniales de los cónyuges.El contrato matrimonial se inscribirá en el respectivo departamento regional del Registro de Empresas en cuyo territorio administrativo urbanizado consta el lugar de residencia de uno de los cónyuges. Si el contrato matrimonial incluye una cláusula sobre bienes inmuebles, el contrato deberá estar inscrito en el Registro de la Propiedad del lugar donde se encuentran los bienes.
4.2. ¿Qué documentos se registran? ¿Qué información se registra?
El Registro de las Relaciones de Bienes Conyugales deberá contener la siguiente información:- Información sobre los cónyuges;
- La información sobre el régimen económico matrimonial estipulaba: separación de bienes o comunidad universal de bienes; fecha de la inscripción en el Registro; información sobre el contrato matrimonial; fecha de rescisión del régimen económico matrimonial;
- Información específica: Información sobre los activos que forman parte de los bienes separados de cada cónyuge; responsabilidad de un cónyuge con respecto a las obligaciones del otro cónyuge; restricciones de los derechos de propiedad del cónyuge, otro tipo de información que pertenezca a terceros; notaciones.
4.3. ¿Cómo y quién tiene acceso a la información registrada?
Cualquier persona puede consultar el Registro y solicitar extractos de sus archivos.4.4. ¿Cuáles son las consecuencias legales del registro (validez, oponibilidad)?
El contrato, así como una resolución judicial sobre la separación de los bienes comunes, es oponible a terceros tras su inscripción en Registro de las Relaciones de Bienes Conyugales; en lo que respecta a los bienes raíces, es oponible tras su inscripción en el Registro de la Propiedad.4.5. ¿Se puede registrar en su país un contrato matrimonial celebrado en un estado extranjero de acuerdo con la legislación extranjera? En caso afirmativo, ¿bajo qué condiciones o trámites? (Como consecuencia, el punto 4.4 se convierte en 4.5.)
En Letonia es posible inscribir unas capitulaciones matrimoniales celebradas en el extranjero en el registro de matrimonios. El registro solo podrá realizarse adjuntando una traducción jurada de las capitulaciones al letón. Para obtener información adicional consulte.5.1. ¿Cómo se divide la propiedad (derechos reales)?
En el marco del régimen económico matrimonial legal, después de un divorcio cada cónyuge conserva sus bienes separados. Los bienes gananciales se dividen a partes iguales entre los cónyuges.Si se ha elegido el régimen de comunidad universal de bienes y no se ha estipulado nada más, en caso de divorcio la comunidad universal de bienes, previa deducción de las deudas, se dividirá a partes iguales entre los cónyuges (art. 137 del CC).
Si el contrato matrimonial prevé el régimen de separación de bienes, no habrá división de bienes en caso de divorcio. Cada uno de los cónyuges conserva los bienes que le pertenecían a él/ella antes del matrimonio, así como los bienes que él/ella adquirió durante el matrimonio (art. 117 del CC).
Los cónyuges podrán firmar un acuerdo ante un notario o celebrar un contrato privado sobre la separación de los bienes. Tal acuerdo podrá firmarse únicamente durante el matrimonio. Si los cónyuges no llegan a un acuerdo, la controversia será llevada entonces ante el tribunal en la forma de una demanda.
5.2. ¿Quién se hace responsable de las deudas existentes después del divorcio/separación?
Las deudas se tienen en cuenta cuando se dividen los bienes. Los cónyuges podrán firmar un contrato sobre la separación de las obligaciones comunes. Si surge una controversia, entonces será llevada ante el tribunal en la forma de una demanda.5.3. ¿Puede uno de los cónyuges reclamar una compensación?
Durante o después de la disolución de un matrimonio, un (antiguo) cónyuge podrá reclamar el apoyo del otro (antiguo) cónyuge acorde a los medios de este último si este último mediante sus acciones ha contribuido a la disolución del matrimonio y si el apoyo es necesario para garantizar el nivel de vida anterior del cónyuge que reclama (art. 81 del CC).Si uno de los cónyuges, mientras administraba los bienes del otro cónyuge, ha efectuado gastos necesarios con sus propios bienes, únicamente al término de dicha administración podrá él/ella solicitar el reembolso al otro cónyuge de estos gastos en la medida en que él/ella mismo/a no esté obligado/a a sufragarlos (art. 101 del CC).
El demandante evalúa su demanda; en caso de una controversia se involucrará a un experto. Además, en el marco del régimen de comunidad universal de bienes, el cónyuge tiene que reembolsar lo que él/ella haya gastado de la comunidad universal de bienes en beneficio de sus bienes independientes. Si un cónyuge ha realizado gastos de sus bienes independientes en beneficio de la comunidad universal de bienes, él/ella podrá exigir el reembolso de los bienes comunitarios (art. 138 del CC).
Cada cónyuge, con independencia de qué régimen económico matrimonial es el aplicable, tiene derecho a disponer libremente de sus propios bienes en caso de defunción (art. 88 del CC).
El cónyuge supérstite hereda del cónyuge difunto, con independencia de qué régimen económico matrimonial era el aplicable entre los cónyuges durante el matrimonio (art. 392 del CC).
El cónyuge supérstite recibe la misma parte del patrimonio del difunto como cada hijo si el número de hijos que quedan es inferior a cuatro. Si el número de hijos es cuatro o más, él/ella recibirá una cuarta parte (art. 393 del CC).
Si el cónyuge difunto no tiene descendientes que le sobrevivan, ni hijos adoptivos, el cónyuge supérstite recibirá la mitad de la herencia y, además, el mobiliario de la vivienda de los cónyuges.
Si no hay descendientes que sobrevivan, hijos adoptados, ascendientes, ni hermanos o hermanas o hijos de ellos, o si los herederos restantes no reclaman su parte, toda la herencia pasará al cónyuge supérstite (art. 396 del CC).
El cónyuge supérstite hereda del cónyuge difunto, con independencia de qué régimen económico matrimonial era el aplicable entre los cónyuges durante el matrimonio (art. 392 del CC).
El cónyuge supérstite recibe la misma parte del patrimonio del difunto como cada hijo si el número de hijos que quedan es inferior a cuatro. Si el número de hijos es cuatro o más, él/ella recibirá una cuarta parte (art. 393 del CC).
Si el cónyuge difunto no tiene descendientes que le sobrevivan, ni hijos adoptivos, el cónyuge supérstite recibirá la mitad de la herencia y, además, el mobiliario de la vivienda de los cónyuges.
Si no hay descendientes que sobrevivan, hijos adoptados, ascendientes, ni hermanos o hermanas o hijos de ellos, o si los herederos restantes no reclaman su parte, toda la herencia pasará al cónyuge supérstite (art. 396 del CC).
No, el derecho letón no prevé un régimen de comunidad universal de bienes para parejas multinacionales.
El derecho letón solo reconoce el matrimonio entre heterosexuales. No hay leyes que regulen las parejas de hecho registradas o no registradas.
Todas las controversias de derecho civil se llevarán ante los tribunales. Serán examinadas por un tribunal de distrito (ciudad), excepto para las cuestiones que haya de examinar de conformidad con la legislación un tribunal regional.
Si la separación de bienes se realiza en el curso de un procedimiento de divorcio, en principio, será competente el tribunal del distrito en el que el demandado tenga su residencia habitual (art. 26, apart. 1 del Código letón de Procedimiento Civil).
Si en las relaciones mutuas de los Estados involucrados es de aplicación el Reglamento (CE) nº 2201/2003 relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, la jurisdicción de los tribunales letones se determinará de conformidad con las disposiciones de este Reglamento.
Si la separación de bienes se realiza en el curso de un procedimiento de divorcio, en principio, será competente el tribunal del distrito en el que el demandado tenga su residencia habitual (art. 26, apart. 1 del Código letón de Procedimiento Civil).
Si en las relaciones mutuas de los Estados involucrados es de aplicación el Reglamento (CE) nº 2201/2003 relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, la jurisdicción de los tribunales letones se determinará de conformidad con las disposiciones de este Reglamento.